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TARIFAS
DE CORREOS.
Los
valores de 1/2, 1 y 4 reales
determinados para las estampillas,
debieron haber sido resueltos
en razón de que esos
tres valores eran los básicos
para la época, pues
con ellos se podían
cubrir las necesidades de
portes normales sin tener
que recurrir a un excesivo
número de estampillas
en un porte dado, ya que
las tarifas de correos que
regían entonces eran
las siguientes, fijadas
por Decreto Ejecutivo de
22 de Noviembre de 1862:
Art. lo.
Toda carta que de un punto
de la República se
dirija a otro punto de la
misma, será franqueada
con arreglo a la escala
siguiente, cualquiera que
sea la distancia que hubiere
entre ellos:
Hasta 1/4 de onza...................................................................................
1/2 real
de l/4 a 1/2 onza......................................................................................1
real
de l/2 a 1 onza.........................................................................................
2 reales
de 1 a 11/2 de onza..............................................................................
3 reales
de l 1/2 a 2 onzas..................................................................................
4 reales
Agregando en adelante un
real por cada media onza
o fracción de media
onza.
Art. 20. Toda
carta que de un punto del
Ecuador se dirija por los
vaporescorreos a cualquier
país de América,
se franqueará en
todas las oficinas de correos
de la República,
con arreglo a la escala
siguiente:
Hasta 1/4 de onza....................................................................................
2 reales
de l/4 a 1/2onza........................................................................................4
reales
de 1/2 a 3/4 de onza................................................................................
6 reales
de 3/4 a 1 onza.........................................................................................
8 reales
de 1 a 11/4 de onza
.............................................................................10
reales
de 11/4 a 1
1/2 onzas........................................................................12
reales
Agregando en adelante dos
reales por cada cuarto de
onza o fracción de
cuarto de onza.
Art. 3o. La
correspondencia que del
Ecuador se dirija a Europa,
será franqueada únicamente
hasta el puerto respectivo,
con arreglo al Art. lo.
La razón del Artículo
3o. es que en ese tiempo
el valor del porte desde
el puerto de embarque hasta
su destino en Europa era
cobrado por la compañía
de vapores transportadora.
(Tomado
del libro "La Primera
Emisión de Sellos
Postales del Ecuador"
- Banco Central-)
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